‘Homelessness – get your rights’ now available in Spanish!

 

¿Sin hogar? ¡Reclama tus derechos!

Los departamentos responsables dentro de los ayuntamientos para las personas sin hogar adecuado (‘Council Homeless Person Units’, HPUs) tienen fama de negarse a atender tantas personas como puedan, diciéndoles que no entran dentro de los criterios para que les otorguen una vivienda social. La realidad es que la ley reconoce el derecho a ayuda de muchas de estas personas: puede que seas una de ellas.

Para decidir si tienes derecho legal a ayuda, el ayuntamiento tiene que investigar cinco criterios. Si cumples con todos, tienes derecho a una vivienda temporal y cierta prioridad en la lista de espera para las viviendas sociales permanentes. Incluso si no cumples con los cinco criterios, es posible que tengas derecho legal a alguna ayuda de vivienda.

Los cinco criterios

1 ¿Estás “homeless”, sin hogar?

La categoría “homeless” incluye las personas que se van a encontrar sin hogar en los próximos 28 días y las personas que vivan en condiciones no aptas o no seguras (si no te puedes quedar en tu hogar porque sufres violencia allí, por ejemplo). “Homeless” no quiere decir sin techo. Aunque tengas un techo temporal, aún te pueden calificar como “homeless”.

2 ¿Cuál es tu estatus de inmigración?

El estado no permite que los ayuntamientos ofrezcan viviendas a las personas cuyo visado solo les permite quedarse en el reino unido temporalmente, ni a las personas cuyo permiso de permanencia conlleve la condición que no pidan ayudas del estado.

3 ¿Tienes una necesidad especial (una “priority need”)?

Los ayuntamientos consideran que ciertas personas tienen una necesidad especial. Las categorías preestablecidas incluyen (entre otras): las mujeres embarazadas, las personas con niñ@s a su cargo, las personas que tienen 16 y 17 años, las personas que tienen entre 18 y 20 años que han estado en guarda del estado, y las personas que se encuentren sin techo a causa de una emergencia (por ejemplo, una inundación). Las que no quepan en las categorías preestablecidas (por ejemplo, las personas con problemas graves de salud mental, o l@s ancian@s) tendrán que demostrar que sus problemas les hacen “vulnerables”.

4 ¿Estás “homeless” a causa de intención propia?

Si el ayuntamiento cree que estás “homeless” por tu propia culpa, es posible que solo tengan que alojarte temporalmente mientras que te ayudan encontrar tu propia solución habitacional.

5 Vínculo local

¡Según la ley, esto es lo último que un ayuntamiento debe considerar, no lo primero! Si no tienes un vínculo con el borough (distrito) en que solicitas ayuda y sí tienes un vínculo con otro, es posible que el ayuntamiento al que has solicitado ayuda pida que el ayuntamiento con el que tienes un vínculo te ofrezca una vivienda. Pero solo pueden hacerlo después de que hayan investigado tu caso y verificado si cumples con las primeras 4 pruebas.

¿Qué debe hacer el ayuntamiento?

Si el ayuntamiento sospecha (según la ley, tiene “reason to believe”) que estás homeless ahora o que estarás homeless dentro de 28 días, tienen que aceptar tu solicitud y empezar investigar estas 5 pruebas. La solicitud no te pone en el “registro de vivienda”, la lista de espera de una vivienda social. Al fin de la investigación tienen la obligación a darte una decisión sobre tu caso por escrito.

Si el ayuntamiento sospecha que tienes un derecho a ayuda y que tienes una necesidad especial, tienen que alojarte temporalmente mientras investigan las cinco pruebas.

Sospechar (tener “reason to believe”) no es igual a tener evidencia fija. Un caso en el juzgado superior concluyó que ir a visitar el departamento del ayuntamiento para personas sin hogar (HPU) es suficiente para que el ayuntamiento deba sospechar que estás “homeless”.

Lo que hacen en realidad

Los ayuntamientos suelen hacer todo que puedan para negar o retrasar alojamiento incluso si hay una razón clara para creer que la/el solicitante no tiene hogar, tiene derecho legal a ayuda y tiene una necesidad especial. Los ayuntamientos suelen decir frases así para intentar despistarte:

  • Que no te pueden ayudar hasta que hayan visitado tu casa
  • Que no te pueden ayudar hasta que te hayan desalojado
  • No te van a ayudar hasta que les des un informe médico
  • No te van a ayudar hasta que hayas intentado un proceso de mediación (por ejemplo, con tus padres si tus padres te hubieran pedido irte de su casa)
  • No te van a ayudar hasta que les enseñes un informe policial sobre la violencia que has sufrido

Lo que puedes hacer

La mayoría de estas tácticas para despistarte son ilegales. Si lo descrito te pasa a ti, diles con certeza que conoces tus derechos y que no se pueden negar a atenderte. Si te siguen negando ayuda, pide una carta en papel que explique su decisión y lleva esta carta a una agencia de consejo, o contacta con nosotras.

London Coalition Against Poverty (Coalición Contra la Pobreza)

Creemos que practicar la acción directa juntas, dentro de nuestras comunidades, puede asegurar que consigamos los servicios que nos faltan cuando los necesitemos. Los derechos legales que tenemos no son suficientes pero por ahí empezamos.

Somos tod@s voluntari@s y te podemos apoyar en tomar acción para conseguir lo que necesites. No somos consejeros legales a tiempo completo. Si buscas consejo legal, te podemos proporcionar los detalles de consejeros legales. Si quieres involucrarte o si necesitas conseguir tus derechos:

Contacta con nosotras: +44 7932 241 737

londoncoalitionagainstpoverty@gmail.com

http://www.lcap.org.uk

Thanks to our camaradas Tom at Haringey Housing Action group and Violeta from the housing assembly in Latina, Madrid (@canabales, @latinavivienda) for the translation!

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